Demandas médicas, ¿debería Salud Pública ser el ente sancionador?

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Segunda parte

Cada vez hay más doctores dominicanos en los tribunales con demandas médicas, unas con base, otras infundadas.

De acuerdo con el licenciado Gilberto Objío, experto en Derecho Médico, actualmente debe haber no menos de 500 demandas a prestadores de servicios de salud en los tribunales.

En febrero de este año el Ministerio de Salud emitió el Reglamento Disciplinario para la Prevención de la Mortalidad Materna e Infantil, en el que establece las faltas y sus sanciones en casos de muertes prevenibles. Este hecho creó descontento en el sector, ya que de acuerdo con varios actores al organismo no le corresponde esta función.

Sin embargo, Objío asegura que el ministerio está cada vez más cerca de poder quitarles el exequátur a los médicos por negligencia, pues tiene la facultad de reglamentar y poner ordenamiento.

En conversación con Diario Salud el licenciado explica que el ministerio no reglamentaba la relación médico-paciente. No obstante, considera que debe tener la facultad de sancionar pues sería más rápido, económico y menos grave para los médicos.

Las consecuencias de una demanda médica que pasa a condena en los tribunales es prisión o condenas millonarias. Mientras que las sanciones del MS serían amonestaciones, multas y, en casos graves, suspensión del exequátur.

Por estas razones Objío aboga que el organismo estatal sea el responsable de sancionar al profesional de la salud cuando está en falta y esa falta causa un daño a un paciente.

Recursos normativos

En el país existe un gran número de leyes  e instrumentos normativos que sirven de base para una demanda médica.  Según explica el licenciado Gilberto Objío, el primer recurso es la Constitución, que establece como un derecho fundamental la Salud, por eso negar un servicio a una persona es una falta.

Otros instrumentos son la Ley 42-01, Ley General de Salud; Reglamento General de Hospitales de República Dominicana; Decreto de Ética Médica y Colegio Médico; Ley de Protección aUsuarios y Consumidores; Normativa de Expedientes Médicos, del Ministerio de Salud; Ley General de Prevención de Infecciones Hospitalarias; entre otras.

El especialista en Derecho Médico asegura que muchas condenas  se producen porque los médicos no conocen de estos recursos y que todos los que prestan servicios de salud deberían conocerlas para disminuir su riesgo a ser condenado por falta.

Frecuencia

Las demandas más frecuentes a doctores son las de cirugías plásticas y las ginecobstetricas. De acuerdo con el licenciado, “las cirugías plásticas son más propensas a demandas porque se venden como un servicio rápido y ambulatorio”.

En cuanto a los temas ginecoobstétricos y de recién nacidos  explica que es muy delicado porque son muy dolidos por los padres.

Mientras que el área con menos demanda es la Cardiología y otros especialistas que implementan tratamientos a largo plazo.

Hallazgos

En cuanto a situaciones que pasan en medio de un acto médico, Objío explica que existen dos tipos de hallazgos: los previsibles y los imprevisibles. Si el hallazgo es urgente, recomienda que se continúe con el plan quirúrgico inicial y una vez termine le informe al paciente de la nueva situación. No importa si esto incurre en nuevos gastos, pues en ocasiones por hacerle un favor a un paciente terminan en los tribunales.

Si puede prever el hallazgo y en el consentimiento informado del plan quirúrgico le pregunta al paciente qué le autoriza hacer en caso de una eventualidad, es mucho mejor.

Evitar condenaFinalmente, el especialista recomienda a los profesionales de la salud   llevar un expediente médico “estrictamente cuidado” para no ser condenado en caso de demanda, que no le cambien hojas ni lo alteren en ningún sentido, pues esto es objeto de condena.

Ver primera parte de este ariculo en este link.  http://diariosalud.do/do/categoria-articulos/18391-demandas-medicas-como-evitar-ser-condenado-por-el-ejercicio-medico.html

Por: María Santana.

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